Nos hemos atrevido a “parafrasear” uno de los titulares de los reportajes publicados en EDITUR (Ley de viajes combinados: una jurisprudencia atenazante, núm 2.362, de 17 de junio de 2005) y todo ello a raiz de que, desde el 1 de diciembre ha quedado derogada la Ley 21/1995, de 6 de julio, reguladora de los viajes combinados por Real Decreto Legislativo 1/2007.El Real Decreto refunde en un único texto la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y las normas de transposición de las directivas comunitarias dictadas en materia de protección de los consumidores y usuarios, encontrándose entre éstas la Ley de Viajes Combinados. Pero también se han hecho modificaciones que traerán consecuencias importantes en el día a día de los agentes de viajes (Continua en Lex Turistica Nova extensa).